Estimados amigos NETWORKERS;
Tener en cuenta que al estar realizando todo tipo de operación Bancaria a nivel nacional e internacional, entre
cuentas asociadas y con terceros. Por aquel movimiento Bancario en ventanilla o Cajero automático utilizado dentro del país.
Estos están siendo observados por SUNAT a través del ITF Impuestos a las Transacciones Financieras.
Según la Ley del Impuesto a la Renta las personas Naturales y Jurídicas sin importar su nacionalidad domiciliados en el país, tributarán por la totalidad de sus rentas de fuente peruana y extranjera.
El no realizarlas es una infracción tributaria y sancionada con multa más intereses.
En este punto de la Ley es muy clara. No hay escusas como; el desconocimiento, mi asesor contable no me comunico o por último yo estoy en otro
régimen tributario (RUS – RER).
Este punto y otros más sobre el tema lo conversamos personalmente cuando nos visite.
Saludos, y Muchos éxitos.
Nota: Norma legal vigente desde el año 1999.
Fuente: Contables Quiche.