Preguntas y Respuestas tributarias MLM

Preguntas y Respuestas Tributarias Multinivel
Preguntas y Respuestas Tributarias Multinivel
  1. ¿Tengo un negocio de MLM debo declarar mis ingresos del exterior? Sí, se deben declarar. De no cumplir con la Ley del Impuesto a la Renta estaría en infracción tributaría, con una multa del 50% del tributo omitido más intereses desde la fecha que debió presentar su declaración.
     
  2. ¿Tengo depósitos, transferencias en el banco por comisiones del exterior, pero no declaro estos ingresos hay problemas? Por supuesto que hay problemas, toda entidad financiera, casa de cambio y de empeño y/o está obligado por ley a informar a la Administración Tributaria SUNAT de su movimiento de efectivo mensualmente a través del ITF (Impuesto a las transacciones Financieras). Es mejor charlar de esto con su contador. Fuente: http://www.sunat.gob.pe/legislacion/itf/l28194.htm
     
  3. ¿Las ventas por internet pagan IGV y Renta? Los ingresos obtenidos por las ventas de servicios y productos atraves de este medio, se deben declarar y pagar el impuesto resultante mensualmente.
     
  4. ¿Si estoy en el Régimen Único Simplificado (RUS) o el Régimen Especial de Renta (RER), también debo declara mis ingresos del exterior? Nuevamente la Ley es clara y no hay vuelta que darle, se debe declarar todos aquellos ingresos del exterior (MLM, AdWords, Adsense, Partners de Payoneer, Wallet, etc.). Consulte con su asesor tributario, seguramente él no conoce del total de sus ingresos o de como funciona su actividad, y de saberlo estaría en el Régimen y declaración correcta.
     
  5. ¿Tengo un familiar en el exterior que envía remesas a Perú, se deben declarar? Para el caso de remesas por familiares en el exterior, por estos envíos no se está obligado a declarar. Pero se debe contar con una carta Consular debidamente acreditada y adicionalmente del banco, con las firmas de ambas personas por dicha operación. De no contar con dichos documentos puede tener problemas a futuro.
     
  6. ¿Tengo 02 nacionalidades de Colombia (natural) y del Perú con negocio en ambos países, debo pagar  impuesto en cada uno? Actualmente el Perú cuenta con tratados internacionales con la CAN “Comunidad Andina de Naciones” y otros, para su consulta,  realizar un trámite en el país de residencia indicando que pertenece a un país miembro, consulte con su contador público colegiado y evite el pagar un doble Impuesto.
     
  7. ¿Mi compañía todavía no está oficialmente en el país pero ya recibo mis comisiones a través de una tarjeta o de un monedero virtual, haciéndolo efectivo en un cajero automático, tengo problemas tributarios? Sí, estos ingresos deben declararse. Toda entidad financiera está obligada por ley a informar de su movimiento bancario a nivel nacional  a través del ITF  a la administración Tributaria SUNAT.
     
  8. ¿Mi compañía me paga comisiones por la venta de Software y  colocar Anuncios en Internet,  también por invertir colocando una cierta cantidad de dinero y así obtener ganancias compartidas, uno de Cash y otro por Recompras (saldo). En ambas compañías no entrego ni recibo un comprobante, podría tener problemas tributarios por dichos ingresos?  Sí, al no sustentar los ingresos obtenidos con el respectivo comprobante de pago y de su movimiento bancario, tendrá problemas tributarios. Toda transferencia recibida en nuestra cuenta de banco está siendo observada por la administración Tributaria SUNAT.
     
  9. ¿Me dedico a la asesoría y venta por internet de infoProductos (intangibles) cursos, capacitaciones y libros electrónicos, pero las personas no me piden un comprobante de pago (Factura) además que muchos de ellos son consumidos en el exterior, podría tener problemas tributarios por no declarar dichos ingresos abonados en mi cuenta de banco? Sí, Esto se llama exportación de servicios y como lo indica la norma legal del Impuesto a la renta se deberá de declarar y pagar el impuesto resultante.
     

Esta información ha sido elaborada por las constantes consultas de muchos Networkers en Perú, pero también son de utilidad para aquellos amigos de otros países de habla hispana ya que las legislaciones tributarias en esencia siempre busca la recaudación fiscal de todos sus ciudadanos nacionales o extranjeros. Y sólo varían en porcentajes.

 

Fuente: Contables Quiche.

 

 

 

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